Cómo
Obtener una Tarjeta verde de los EEUU para Médicos
(doctores) en Areas con pocos Profesionales
El
proceso de obtener una visa de trabajo (de los E.E.U.U.)
y la tarjeta verde de los E.E.U.U. con su licencia
como doctor o médico puede ser una experiencia larga,
frustrante y costosa. Hay muchas decisiones importantes
a tomar en este proceso confuso. Este sitio fue creado
para darle la información necesaria para tomar las
decisiones correctas con respecto a la visa de trabajo
para los E.E.U.U.
Sin embargo,
la información proporcionada en este sitio de ninguna
manera puede substituir la representación de un buen
abogado de inmigración en los E.E.U.U. Si no lo ha
hecho aún, deténgase ahora y lea nuestra página de
inicio. Está llena de información sorprendente que
podría ahorrarle tiempo mucho y dinero. Una vez que
la haya leido, regrese aquí a descubrir más sobre
cómo puede venir a los E.E.U.U. con su profesión y
obtener tarjeta verde los E.E.U.U. también.
Requisitos: Documentos para
Solicitar Visa de Trabajo de los E.E.U.U.
Como requisito
para solicitar una tarjeta
verde basada en el empleo en los E.E.U.U. y una
visa de trabajo (E.E.U.U.), el patrocinador o el mismo
solicitante deben ingresar la prueba siguiente junto
con el formulario I-140 para apoyar el pedido de una
dispensa de acuerdo con el
interés nacional. Esta dispensa se requiere al
aspirante que desee obtener la visa de trabajo de
los E.E.U.U. y, en última instancia, la tarjeta verde
los E.E.U.U. más rápidamente.
Los médicos
(doctores) que intenten obtener una visa de trabajo
en los E.E.U.U y la tarjeta verde de los E.E.U.U.
y planeen dividir la práctica a tiempo completo de
la medicina clínica entre más de un área necesitada,
deben presentar lo siguiente para cada área de la
práctica prevista:
- Si el médico (doctor) es empleado.
Un contrato de empleo a tiempo completo (publicado
y fechado en el plazo de 6 meses antes de la fecha
que se realiza la petición) para el período requerido
de la práctica de medicina clínica, o una carta
de compromiso de empleo de una dependencia del
VA.
- Si el médico (doctor) que
intenta obtener una tarjeta verde establece su
propia práctica, la declaración jurada del médico
que se compromete a la práctica de tiempo completo
de la medicina clínica para el período requerido,
y describiendo los pasos que el médico ha tomado
o se prepone tomar realmente para establecer la
práctica.
- También, un requisito para
un ajuste de estatus (es decir tarjeta verde de
los E.E.U.U.), es documentación o la prueba de
que el médico (doctor) proporcionará a tiempo
completo servicio médico clínico de cualquiera
de las maneras siguientes:
- (a) en un área o áreas geográfica
señaladas por la secretaria de HHS como teniendo
una escasez de profesionales del cuidado médico
y en una especialidad médica que está dentro
del alcance de la designación de la Secretaría
para el área o las áreas geográficas; o
-
Una carta (publicada y fechada
en el plazo de 6 meses antes de la fecha en la
cual se realiza la petición) de una agencia federal
o del departamento de salud pública (o equivalente)
de un estado (territorios incluyendo de los Estados
Unidos y del distrito de Colombia) que atestigua
que el trabajo del médico extranjero es o será
de interés público.
-
(a) El testimonio de una agencia
Federal debe reflejar el conocimiento de la agencia
de las calificaciones del extranjero y el trasfondo
de la agencia en la toma de determinaciones en
las materias que implican asuntos médicos para
verificar que el trabajo del extranjero es o será
de interés público.
-
(b) El testimonio del departamento
de salud pública de un Estado, de Estados Unidos,
o del distrito de Colombia debe reflejar que la
agencia tiene jurisdicción en el lugar donde el
médico extranjero se prepone practicar la medicina
clínica.
Si el médico
extranjero (doctor) que solicita una visa de trabajo
o el ajuste de estatus (tarjeta verde) se prepone
practicar la medicina clínica en más de un área
de escasez, deben incluirse los testimonios de cada
área prevista de la práctica. Los testimonios del
departamento de salud pública de un Estado, de Estados
Unidos, o del distrito de Colombia que no tengan
jurisdicción en el lugar en el cual el médico extranjero
(doctor) se prepone practicar la medicina clínica
no serán aceptados.
-
Probar que el médico (doctor)
ha satisfecho la sección 212 (a) (5) (b) del acta.
Si fuera
aplicable, evidencia de la dispensa, según los requisitos
de las secciones 212 (e) del acta, si el médico
extranjero ha recibido entrenamiento médico de no
inmigrante J-1 dentro de los Estados Unidos.
Aparte de
la visa de trabajo de los E.E.U.U,la
dispensa de interés nacional para los médicos
médicos en áreas de escasez releva al solicitante
sólo del proceso de Certificación de Trabajo; un requisito
previo para el ajuste de estatus (para obtener tarjeta
verde de los E.E.U.U.) para la mayoría de los individuos
que vienen a los EEUU Unidos con inmigración por negocios.
Se aplica solamente a las que sean:
- Un solicitante de dispensa
de interés nacional en nombre de un extranjero
médico cualificado, o
- Un médico extranjero auto-peticionante
de clasificación de segunda preferencia basada
en servicio médico en Health and Human Services
Department (HHS)-, un área designada como de escasez
o una dependencia del Department of Veterans Affairs
(VA).
NOTA:
De todos modos debe reunir todos los requisitos
para esta clasificación para ser elegible para la
dispensa de interés nacional.
Tiempo Límite
para Servicio Requerido
- Si el médico aspirante (doctor)
para el ajuste de estatus (tarjeta verde) tiene
ya autorización de aceptar empleo (distinto del
de extranjero de intercambio J-1), el médico beneficiario
debe completar un agregado de 5 años de práctica
clínica de tiempo completo apta para cualificar
durante el período de 6 años que comienzan en
la fecha de la aprobación del formulario I-140.
-
Si el médico aspirante (doctor)
para el ajuste de estatus (tarjeta verde) debe
solicitar autorización de aceptar empleo antes
de que el médico pueda comenzar trabajar legalmente,
el médico debe completar el agregado de 5 años
de calificar a tiempo completo en la práctica
clínica durante el período de 6 años que comienza
desde la fecha en que el Servicio emite el documento
necesario de autorización de empleo.
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