Cómo Obtener una Tarjeta Verde

¿Es usted elegible para solicitar un Ajuste de Estatus de Residente Permanente Legal y obtener la Tarjeta verde de los EEUU?

Podría se elegible para un ajuste de estatus, para obtener una tarjeta verde, la de residente permanente legal, si ya está en los Estados Unidos y una o más de las siguientes categorías le aplican. Hasta también podría calificar para la protección 245i . Siga leyendo para enterarse de los pasos exactos implicados en solicitar la tarjeta verde y los exámenes médicos requeridos.

Miembro de la Familia:

Usted es el cónyuge, padre, hijo no casado menor de 21, el hijo/a no casado mayor de 21, el hijo/a casado, el hermano o hermana de un ciudadano de los Estados Unidos y tiene una solicitud de visa aprobada a su nombre. Tenga en mente, sin embargo, que si está fuera de los EEUU, entonces podría calificar para una tarjeta verde a través del proceso consular. También considere los pasos de este proceso y el ajuste de estatus dentro de los EEUU antes de tomar una decisión.

greencardUsted es el cónyuge o el hijo/a no casado/a de cualquier edad de un residente permanente y tiene una petición de visa basada en su parentesco y aprobada a su nombre.

Empleo:

Usted es un extranjero que tiene una petición ingresada a su nombre por un empleador de los Estados Unidos. Hay más información sobre buscar una tarjeta verde a través de un empleo específico..

Si entra dentro de cualquiera de las categorías anteriores, es elegible para el ajuste de estatus, obtener una tarjeta verde de residente permanente legal dentro de los EEUU. Recuerde que si no lo hace, el método alternativo de ingresar a los Estados Unidos con una tarjeta verde es a través del proceso consular y ambos métodos tienen ventajas y desventajas.

Número de Visa:

Si es un postulante basado en su familia o su peleador, debe tener un número de visa disponible del Departamento de Estado, a menos que esté en una categoría exenta de límites numéricos. Los parientes inmediatos de los ciudadanos estadounidenses están exentos de este requisito: padres, cónyuges, e hijos/as no casados menores de 21. (Por ejemplo, usted puede solicitar el ajuste al estatus de residente permanente al mismo tiempo que su hija ciudadana de los EEUU entrega la solicitud para que usted sea un inmigrante.)

Otras categorías de inmigrante que están exentas de límites numéricos y no necesitan número de visa incluyen las peticiones para inmigrantes especiales juveniles y militares para obtener la tarjeta verde.

Para los hijos/as no casados/as (mayores de 21) de un ciudadano estadounidense, hermano o hermana del ciudadano estadounidense, o el cónyuge o los hijos de residentes permanentes legales, los números de visa están limitados por ley cada año para obtener una tarjeta verde. Esto significa que aunque el USCIS apruebe una petición de visa de inmigrante hecha para usted, podría no obtener su número de visa inmediatamente. En algunos casos, podrían pasar varios años hasta que el USCIS apruebe su petición de visa de inmigrante y el Departamento de Estado le dé un número de visa.

Para los hijos/as no casados/as (mayores de 21) de un ciudadano estadounidense, hermano o hermana del ciudadano estadounidense, o el cónyuge o los hijos de residentes permanentes legales, los números de visa están limitados por ley cada año para obtener una tarjeta verde. Esto significa que aunque el USCIS apruebe  una petición de visa de inmigrante hecha para usted, podría no obtener su número de visa inmediatamente. En algunos casos, podrían pasar varios años hasta que el USCIS apruebe su petición de visa de inmigrante y el Departamento de Estado le dé un número de visa.

 

Novio/a:

Usted es una novia que fue admitida en los Estados Unidos con una visa K-1 y luego se casó con el ciudadano estadounidense que solicitó la visa K-1 para usted. Si se casó con el ciudadano pero no dentro del plazo de 90 días, su cónyuge también debe presentar el formulario i-130 del USCIS, , Petition for Alien Relative (Petición para un Pariente Extranjero). Sus hijos menores no casados también son elegibles para el ajuste de estatus, para obtener la tarjeta verde.
NOTA: si no se casó con el ciudadano extranjero que realizó dicha petición a su nombre, o si se casó con otro ciudadano estadounidense o residente permanente legal, no es elegible para ajustar su estatus, obtener tarjeta verde, en los EEUU.

Asilado:

Si usted es un asilado o refugiado que ha estado en los Estados Unidos por al menos un año luego de que se le diera asilo o el estado de refugiado y todavía califica para el estatus de refugiado o asilado, entonces puede obtener la tarjeta verde.

Visa para la Diversidad:

Si recibió la comunicación del Departamento de Estado de que ganó una visa en la Lotería de Visas para la Diversidad, puede obtener una tarjeta verde.

Ciudadano Cubano:

Si es ciudadano o nativo cubano que ha estado en los EEUU por al menos un año después de ser inspeccionado, admitido o se le ha dado el estatus condicional para ingresar a los EEUU, entonces puede obtener la tarjeta verde. Su cónyuge  e hijos que residen con usted en los Estados Unidos también podrían ser elegibles para el ajuste de estatus, y obtener la tarjeta verde.

Residente en los EEUU antes del 01/01/72:

Si ha sido residente continuo en los EEUU desde antes de esa fecha, puede obtener la tarjeta verde.

Estado LPR de los Progenitores

Si su padre llegó a ser residente permanente legal luego de que usted naciera, usted podría ser elegible para recibir ciertos beneficios luego de su admisión, y si es hijo/a no casado menor de 21 del residente permanente legal, también podría solicitar el ajuste al estatus de residente permanente (tarjeta verde) al mismo tiempo que su progenitor solicita los beneficios que siguen a su admisión para usted.

Estado de LPR del Cónyuge

Su cónyuge llegó a ser residente permanente legal luego de que se casaran. Usted podría ser elegible para recibir los beneficios que siguen a su admisión (following-to-join benefits). En esos casos, podría solicitar el ajuste al estado de residente permanente (tarjeta verde) al mismo tiempo que su cónyuge solicita los beneficios para usted.

Parientes Inmediatos Elegibles de otro Modo:

Si es pariente inmediato elegible de otro modo u "otherwise eligible", puede ajustar su estatus al de LPR y obtener tarjeta verde aunque haya hecho algo de lo siguiente:

  • Trabajó sin permiso,
  • Permaneció en los EEUU luego del período de admisión legal (por ejemplo, si pasó de su fecha de vencimiento del I-94) y pidió el ajuste de estatus mientras que estuvo en un estado ilegal a causa de ello,
  • Faltó de algún modo a su estatus legal y con su documentación de inmigración correcta, o
  • Ha sido admitido como visitante sin visa bajo las secciones 212(1) o 217 del Acta (los 15 días de admisión bajo el programa de dispensa de visas de Guam, y los 90 días de admisión bajo el programa de dispensa de Visas, respectivamente). Por favor note: si una persona vino a los EEUU ilegalmente, esa persona no puede ajustar su estatus a LPR (no puede obtener tarjeta verde) aunque se case con un ciudadano estadounidense o llegue a ser pariente inmediato de otro modo. UN pariente inmediato debe reunir el requisito para ser elegible de ser “inspeccionado y admitido, o recibido admisión adelantada condicional, al ingresar a los Estados Unidos”.

 

Las siguientes clases de personas NO RECIBIRAN el ajuste de estatus al de residencia permanente legal (tarjeta verde):

  • (1) tripulación extranjera;
  • (2) cualquiera que no sea “pariente inmediato” tal como ese término lo define, que siga en o acepte empleo no autorizado antes de ingresar una solicitud de ajuste de estatus o quien tenga un estatus de inmigración ilegal a la fecha de ingresar la solicitud para el ajuste de estatus o quien no haya mantenido un estatus legal de manera continua desde su ingreso a los Estados Unidos, (a no ser que no haya sido por falta propia o por razones técnicas).
  •  (3) cualquier extranjero admitido en tránsito sin visa, bajo la sección 212(d)(4)(C);
  • (4) un extranjero, que no sea pariente inmediato, que fuera admitido como visitante  no inmigrante bajo el programa de dispensa de visas
  • (5) extranjeros que sean deplorables bajo la sección;
  • (6) cualquier extranjero que busque ajuste  de estatus al de inmigrante a través de la preferencia basada en el empleo y no esté en un estatus legal de no inmigrante, o
  • (7) cualquier extranjero que estuviere empleado mientras era un extranjero no autorizado, o que haya violado de otro modo los términos de la visa de no inmigrante.

Tampoco las siguientes clases de personas recibirán ajuste de estatus (no pueden obtener tarjeta verde):

  • Si ingresó a los EEUU en tránsito a otro país sin obtener una visa.
  • Si ingresó a los EEUU mientras era miembro de tripulación no inmigrante.
  • No fue admitido ni se le otorgó admisión adelantada condicional a los EEUU luego de ser inspeccionado por el funcionario de los EEUU.
  • Está empleado en los EEUU sin autorización del USCIS o no está más en el país legalmente , ano ser que no sea por falta propia o por alguna razón técnica.

Esta regla no aplica a lo siguiente:

  • El pariente inmediato de un ciudadano estadounidense (padre, cónyuge, o hijo/a no casado menor de 21).
  • Ciertos graduados en medicina extranjeros, empleados de una organización internacional y los miembros de su familia.
  • Visitantes de intercambio A J-1 o J-2 que deban cumplir con el requisito de dos años de residencia, y no hayan recibido la dispensa del mismo.
  • Aquellos que tengan un estatus de no inmigrante A (diplomático), E (comerciante o inversor del tratado), or G (representante de una organización internacional) o una ocupación que les permita tenerlo.
  • Un individuo admitido a Guam como visitante bajo el Programa de Dispensa de Visas de Guam, el que no aplica a los parientes inmediatos.
  • Un individuo admitido en los Estados Unidos como visitante bajo el programa de Dispensa de Visas. Esta regla no le aplica si es el pariente inmediato de un ciudadano estadounidense (progenitor, cónyuge, o hijo/a no casado menor de 21).
  • Ya es residente permanente condicional.
  • Fue admitido como novio/a K-1pero no se casó con el ciudadano que ingresó la petición por usted. O, fue emitido como hijo/a K-2 de un novio/a y su padre/madre no se casó con el ciudadano estadounidense que ingresó la petición por usted.

NOTA: El proceso de ajuste de estatus a la residencia permanente legal (tarjeta verde) puede ser complicado para algunos individuos. A menos que se trate de un caso claro sin registro criminal, sin conflictos de documentación, y con hechos absolutamente claros y concretos, debería ponerse en contacto con un abogado de inmigración que lo aconseje y realice el proceso para usted.

Aunque tenga un caso claro, recomiendo ampliamente contratar un abogado de inmigración. El resultado final de un ajuste de estado (obtener su tarjeta verde) es muy importante y no debe arriesgarlo. En definitiva, este no es el tipo de procedimiento que desearía arriesgar. Y cualquier error en su proceso de solicitud podría resultar en pérdida de dinero y tiempo, y arriesgando de quedar fuera de estatus o, aun peor, ser DEPORTADO.


 
   
   
   
   

 

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